top of page

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Coberturas

Estos seguros tienen por finalidad mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero, en razón de la responsabilidad civil que surge de los artículos 1109 al 1136 del Código Civil, el cual dice: “todo el que ejecuta un hecho que por culpa o negligencia ocasionen un daño a otro, está obligado a reparar el perjuicio”.
 
Existen diversas coberturas específicas, mencionaremos las más comunes:

- Carteles y/o letreros u objetos afines.
- Por el uso de instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente.
- Productos.
- Expendio y/o servicios de comida y bebidas a título oneroso.
- Plantas de gas licuado y actividades afines.
- Clínicas, sanatorios, hospitales y cualquier centro médico asistencial.
- Profesional para médicos.
- Hechos privados (por ej. daños que ocasionen animales domésticos).
- A consecuencia de incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
- Comprensiva.
- Tintorerías y similares.
- Guarda y/o depósito de vehículos en garages y otras actividades similares.

NO se consideran terceros:
a) El cónyuge o los parientes del Asegurado hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.

 

b) Las personas en relación de dependencia laboral con el Asegurado en tanto el evento se produzca con motivo y en oportunidad del trabajo.

HORARIO DE ATENCION

Lunes a Viernes de 9 a 18 HS.

DIRECCION

Lavalle 715 - 7º piso - Oficina "B"
(C1047AAO) Buenos Aires - Argentina

Ituzaingó 1312 - Esc. 305

Montevideo - Uruguay

Carrera 43C N° 10-54

Medellín - Antioquia - Colombia

CORREO ELECTRONICO

eccsa@eccsaseguros.com

TELÉFONOS

AR: +54 (011) 5199-1313

UY: +59 (8) 2912-5222

CO: +57 (4) 590 - 4465

© 2016 ECCSA - Estudio de Créditos y Cauciones. Todos los derechos reservados

bottom of page