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SEGURO DE A.R.T.

Perfil del producto

Mediante la Ley 24.557 dictada en 1995, todas las empresas deben obligatoriamente asegurar a sus trabajadores en relación de dependencia, contra los riesgos de accidentes.


Esta nueva ley permite trasladar a la A.R.T. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) la responsabilidad que se origine por un accidente en la Empresa; y a un muy bajo costo mensual.
 
Objetivos del Sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo:


-Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de contingencias incapacitantes.

 

- Educar a empleadores y trabajadores en una política de prevención de riesgos laborales.

 

- Promover la inversión en seguridad e higiene.

 

- Reducir la litigiosidad mediante la satisfacción eficiente y completa de las necesidades de los damnificados.

 

- Establecer costos laborales concretos predeterminados y en consecuencia, previsibles.

Trabajadores comprendidos obligatoriamente:

- Funcionarios y empleados del sector público nacional, provincial y municipal.
   

- Trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
   

- Personas obligadas a prestar servicios en concepto de carga pública.

¿Qué se entiende por Accidente de Trabajo?

Todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo y en su trayecto ( in-itinere) hasta llegar a él, o al retirarse hasta llegar a su morada, normal y habitual.
Luego de emitida la póliza de A.R.T., cada empleado del asegurado, recibe una tarjeta identificatoria que le será exigida en las prestaciones médicas, recepción de medicamentos y atención necesaria.


Una vez atendido el accidentado, la Empresa asegurada, debe comunicar el hecho a la A.R.T., y a partir de ese momento es ésta quién se encarga de toda la atención, otorgándole un servicio a los empresarios que le permite tener la tranquilidad del mejor servicio médico-asistencial, como así también el mejor asesoramiento en higiene y seguridad.

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